¿Cómo reclamar los gastos de la hipoteca?

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Publicado: 16 Diciembre 2016

Como ya habréis visto en noticias como ésta, a través de la sentencia del Tribunal Supremo surge la posibilidad de reclamar ciertos gastos a raíz de la declaración como abusivas de ciertas cláusulas existentes en los préstamos hipotecarios.

Gracias a esta sentencia están aumentando las demandas por cláusulas abusivas contra los bancos, si bien esta sentencia va dirigida al BBVA, crea un antecedente muy importante, pero para que sea aplicable a todas las entidades bancarias es preciso que contra las mismas haya una demanda y un juicio completo. Os explicamos a continuación los pasos a seguir para reclamar.

En primer lugar debemos revisar nuestros préstamos hipotecarios para averiguar si existen estas cláusulas abusivas que, en resumen y de acuerdo con la sentencia anteriormente citada, consisten en todos los costes derivados de la concertación del contrato de préstamo como consecuencia de la intervención notarial y registral, así como el pago de los tributos en los que el sujeto pasivo es el banco (algunos hechos imponibles del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados).

Existen varias vías para reclamar, entre ellas tenemos:

  • Vía extrajudicial. En un principio será la vía más económica pero no siempre suficiente, consiste en mandar una carta al banco o al defensor del cliente, exponiendo los motivos y los importes que reclamamos, e intentar negociar con la entidad bancaria la devolución de esos importes entendidos como cláusulas abusivas.
  • Reclamación individual. Interponiendo una demanda contra el banco reclamando únicamente los importes que afectan a nuestro préstamo hipotecario. En este caso tendremos un desembolso inicial por abogado y procurador que podremos recuperar en una eventual condena en costas.
  • Reclamación colectiva. En este caso el coste será menor que la individual pues al unirse un grupo de personas para reclamar se podrán reducir los gastos iniciales repartiéndolos entre el grupo e igualmente recuperarlos al final del proceso con una posible condena en costas.

Por último, destacar que los plazos de que disponemos para reclamar estos gastos considerados como cláusulas abusivas es de 5 años desde la citada sentencia que así las declara, por lo tanto para hipotecas que se encuentran todavía vigentes el plazo finalizará el 24/12/2020, mientras que si se trata de hipotecas ya amortizadas antes de que se dictase esta sentencia sólo se podrá reclamar si su total pago se hizo con posterioridad al 24/12/2010.

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